JUCIL se congratula de haber conseguido, mediante una estrategia jurídica cuidada y minuciosa, la anulación de la Orden General 15/2022, sin perjuicio para el personal beneficiario de las tres horas de disponibilidad que incorporaba, que nunca se vio afectado y que, además se ha visto ahora ampliado.
Al respecto, y en relación al reciente comunicado de AUGC sobre el particular, atacando a quien es causa de estos beneficios al colectivo, y atribuyéndose un éxito que nunca ha gestionado, ha de informarse lo siguiente:
- JUCIL interpuso recurso contencioso-administrativo contra la OG 15/2022, sin admitir el chantaje de tolerar una Orden General que no podíamos dejar pasar, dado que la Dirección General defendía que no afectaba a los derechos de los guardias civiles y que por ello la había tramitado siguiendo el procedimiento previsto para las que no lo hacen. Una Orden General brutal contra el personal del servicio marítimo, que incorporaba una pequeña parte favorable que no tenía nada que ver para que no se recurriera, en la ya recurrente técnica “sándwich” en la que sí entró alguna asociación profesional, que no votó en contra de la misma en el Consejo.
- A la estela de JUCIL, AUGC y otras asociaciones anunciaron que habían recurrido la Orden General. Nunca más se supo. ¿Dónde está la sentencia a favor o en contra dictada? ¿Se retiró el recurso o nunca se presentó?
https://www.igcprofesional.es/2023/02/25/serviciomaritimo/
- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló la Orden General por graves defectos en su tramitación, reconociendo que al afectar a jornada, horario y retribuciones sí tiene carácter normativo y procede un trámite diferente. Evitando que pueda reiterar dicho planteamiento para introducir nuevos abusos obviando trámites y garantías.
- El Tribunal Supremo confirmó que la actuación de la Dirección General de la Guardia Civil había sido ilegal, inadmitiendo el recurso de casación de la Dirección General, con imposición de costas.
- JUCIL insta la ejecución de la Sentencia, pero con la idea de facilitar la recuperación del contenido del artículo 43 (que acordaba las tres horas de disponibilidad), aprovechando las oportunidades procesales, dado que ya se habían iniciado actuaciones para hacerlo.
- Sorprendentemente, en dichas circunstancias AUGC interfiere y solicita la ejecución de la Orden General, perjudicando gravemente la estrategia jurídica establecida por JUCIL, sin pensar en los perjudicados por las tres horas. JUCIL se opone y consigue que se expulse a AUGC de nuestro procedimiento de ejecución. Lo podemos demostrar.
- JUCIL plantea ya formalmente que la ejecución de la supresión de las 3 horas de disponibilidad se difiera hasta el 31 de enero de 2026 (no así el resto de la Orden general, para que se ejecute de manera inmediata, no más tarde del 1 de octubre de 2025). Solicitud que remitió al Tribunal Superior de Justicia y a la Dirección General de la Guardia Civil.
- En el momento actual, está solicitada la ejecución inmediata de la anulación de la Orden General, a excepción de la referida al artículo 43 de la Orden General 11/2014, y se ha anunciado que en la nueva Orden General de productividad se recuperarán las tres horas de disponibilidad, como era esperado y deseado, ampliándose además sus destinatarios.
Esta es la desastrosa estrategia jurídica de JUCIL: los destinatarios de las tres horas de disponibilidad no las han perdido nunca, se ha ampliado su ámbito de aplicación y respecto del personal del Servicio marítimo, se ha solicitado la ejecución inmediata de la anulación de la Orden General 15/2022 y de determinadas actuaciones realizadas para eludir su cumplimiento.
Lamentamos enormemente la corteza de miras y la soberbia de una asociación como AUGC, que recurrió (dice) la Orden General, que ha instado su ejecución forzosa poniendo en peligro la estrategia que por fin ha fructificado y que se atribuye, en primera persona, la consecución de unos logros que traen causa del esfuerzo de todas las asociaciones profesionales. Resulta patético atribuirse que desaparezca la pérdida de DAS por cambio de destino, cuando desde JUCIL se ha venido presionando y accionando al respecto, como ya indicamos en agosto ¡de 2023!
Aunque ya sabemos que especialmente en época electoral, para AUGC vale todo.
Instamos a AUGC a acreditar que interpuso el recurso que dice contra la Orden General 15/2022, a decir cuál ha sido su resultado, a explicar porqué hace semanas instó la ejecución forzosa de la Sentencia que tanto criticó, poniendo en peligro toda la estrategia procesal (circunstancia que puede acreditarse mediante la documentación obrante en el procedimiento y que exhibiremos si es necesario) y a que acredite documentalmente (con registros de entrada) esos planteamientos que dice han sido estimados en los grupos de trabajo.