El TSJ del País Vasco avala a JUCIL y estudiará el recurso contra la cesión de funciones de la Guardia Civil a la Ertzaintza
• JUCIL da un paso clave en la defensa de la presencia de la Guardia Civil en los puertos de Euskadi
Madrid, 17 de julio de 2025 – El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado Auto por el que se declara competente para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por JUCIL, asociación mayoritaria de la Guardia Civil contra la cesión de funciones de seguridad y vigilancia en los puertos de Euskadi a la Ertzaintza.
Este paso es determinante para desbloquear la causa, que había quedado suspendida por la disputa sobre la competencia del tribunal. Tanto el Ministerio del Interior como el Gobierno Vasco defendían que el TSJ no debía encargarse del procedimiento. JUCIL, en cambio, defendió que sí era competente, y ahora el tribunal ha respaldado esta posición.
Con esta decisión, se abre camino para que el fondo del asunto pueda juzgarse: la entrega de funciones propias de la Guardia Civil sin garantías de transparencia ni diálogo institucional, y con una clara merma para el modelo de seguridad pública.
Frente a la pasividad de la Dirección General, ha sido JUCIL quien ha asumido la iniciativa jurídica, pese a las presiones y al desgaste, porque creemos que decisiones de este calado deben adoptarse con rigor, respeto institucional y sin poner en riesgo la presencia de la Guardia Civil en ningún punto del territorio nacional.
JUCIL exige más medios para evitar que se repitan los disturbios de Torre Pacheco en otros municipios
17 de julio 2025. JUCIL, la asociación mayoritaria de la Guardia Civil, manifiesta su profunda preocupación por la falta de medios y planificación que ha quedado de manifiesto en los incidentes registrados en Torre Pacheco (Región de Murcia). Dados los graves sucesos registrados en este municipio, JUCIL insta al Ministerio del Interior a que, en coordinación con la Dirección General de la Guardia Civil, proceda a reforzar de manera prioritaria los efectivos asignados a aquellos municipios en los que haya registrada una comunidad extranjera significativa.
“La semilla de la violencia en el ámbito de la inmigración está sembrada. Que crezca o no depende de varios factores, entre ellos la percepción de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen la capacidad suficiente para prevenir el delito y actuar contra todo aquel que atente contra la convivencia y la seguridad ciudadanas”, asegura Ernesto Vilariño, secretario general de JUCIL.
Esta percepción de seguridad ciudadana, fundamental para desincentivar todo tipo de formas de delito, está debilitada por el déficit de efectivos que existe en la Guardia Civil. JUCIL considera que faltan 17.000 guardias, que son imprescindibles para cubrir el 80 % del territorio nacional. Las carencias no sólo afectan al personal, sino también a los medios disponibles (armas, vehículos, embarcaciones y tecnología).
La asociación ha presentado mociones en cerca de 40 ayuntamientos españoles para que soliciten al Ministerio del Interior que se cubran las plazas vacantes y se doten las plantillas acordes con las necesidades del territorio. Estos municipios se ubican en Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Andalucía, Cantabria, Asturias, Galicia, Navarra, Castilla y León, Extremadura, Castilla-La Mancha y Extremadura. También se ha presentado a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que agrupa a los 7.410 ayuntamientos, diputaciones, consejos y cabildos insulares.
En el texto de las mismas se señala que “la seguridad ciudadana es uno de los pilares fundamentales para garantizar la convivencia, el bienestar y la calidad de vida de los vecinos y vecinas de cualquier municipio”, Y añade: “En los últimos años diversos municipios han experimentado un crecimiento poblacional, un aumento del tránsito de personas o un incremento de situaciones que requieren de una mayor presencia y capacidad operativa de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado”.
JUCIL responde al comunicado de la Guardia Civil tras la anulación de la Orden General 15/2022
COMUNICADO DE JUCIL sobre la anulación de la Orden General 15/2022
La Dirección General de la Guardia Civil ha remitido un malintencionado comunicado informando de la ejecución de la Sentencia nº 154/2024, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, destacando que, como consecuencia de la misma, a instancias de JUCIL, determinado personal prestará 40 horas de presencia en cómputo semanal (perdiendo tres) y que el del Servicio marítimo quedará nuevamente adscrito al régimen de jornada y horario general. Esta forma de proceder, que no se ha realizado en otras ocasiones, tiene como único objetivo eludir responsabilidades (“olvidan” indicar que la causa de todo ello es que no han sido capaces de elaborar una Orden General, anulada, de manera lícita y siguiendo los procedimientos adecuados) y señalar a JUCIL, única asociación profesional que realiza una verdadera defensa del colectivo y que está sometiendo a la Dirección General a una intensa presión en los Tribunales. Puede apreciarse cómo la Orden General anulada versa sobre el Servicio Marítimo y contiene una modificación puntual adicional ajena (a la que nos referimos después), y la Dirección General destaca el efecto sobre esta última para “pasar de puntillas” por lo importante: que se ha desarticulado el despropósito que pretendía esclavizar a los compañeros del Servicio Marítimo.
DIECISÉIS MESES después de la Sentencia, la Dirección General no ha hecho nada para replantear la modificación que destaca contra JUCIL, reiterándola, de manera acorde a Derecho (lo cual era muy sencillo). Estamos acostumbrados a que la Dirección General “interprete” y “adapte” Órdenes Generales mediante acuerdos y normas de rango inferior, como Instrucciones o Resoluciones, cuando le interesa, incluso para anticipar modificaciones normativas posteriores o establecer programas piloto, algo que ha podido hacer (y todavía puede) para salvar la modificación del artículo 43 de la Orden General 11/2014. Tan sencillo como establecer que, de dichas 40 horas, tres pueden prestarse de manera no presencial, como interpretación, adaptación, experiencia piloto o hasta la modificación formal de la norma (es decir, como se hace cuando se quiere hacer).
Sin embargo, el objetivo de la Dirección General, ante nuestra combatividad, es otro: aprovechar su propia incapacidad para aprobar correctamente una Orden General, en la que se pretendía imponer al personal del Servicio Marítimo unas condiciones de trabajo penosas, además de su inacción durante dieciséis meses, para señalar a JUCIL. Lo que confirma que lo estamos haciendo bien.
Parece que ahora ciertos sectores señalan a JUCIL de perjudicar la jornada laboral de determinados compañeros y olvidando el contexto. La realidad es la siguiente:
- La Orden General 15/2022 era una disposición infame, que perjudicaba de manera brutal al personal del Servicio Marítimo modificando la Orden General 11/2014, de 23 de diciembre, regímenes de prestación del servicio, jornada y horario. JUCIL la recurrió tanto en determinados aspectos concretos como ante las graves irregularidades formales en su tramitación. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha considerado que es nula, que las irregularidades son tan graves como para anularla por completo. No es culpa de JUCIL que la Dirección General no tramite las Órdenes Generales como legalmente procede.
2) Lo que hizo la Dirección General, en la línea de otras modificaciones con las que no ha transigido JUCIL, es aprobar una serie de medidas gravemente perjudiciales incorporando alguna concreta y excepcional pacífica, para dividir y reprochar a quienes no se presten a la traición de no haber aprobado el “paquete entero”. En JUCIL no admitimos chantajes.
3) La Sentencia que anula la Orden general 15/2022 es de 21 de marzo de 2024. Se ha difundido ampliamente en prensa y entorno de las asociaciones profesionales y círculos de los guardias civiles. Consta en los repertorios jurisprudenciales públicos (CENDOJ) y de las editoriales jurídicas desde pocas fechas después, sin que nadie se haya pronunciado en contra hasta la fecha. ¿Es ético traicionar a una parte del colectivo en beneficio de otra?
4) Ninguna asociación se opuso a la Sentencia ni se interesó por el recurso de casación que se interpuso, ni solicitaron su personación.
5) Dieciséis meses después, somos conscientes de que nadie más ha hecho nada para intentar que la Dirección General elabore o reitere en cualquier Orden General una disposición idéntica a “su” logro, por la que se reitere la mencionada modificación, cuando con buena voluntad era muy sencillo hacerlo.
6) Finalmente, recordamos que JUCIL, sin prestarse al juego de la Dirección General, ha conseguido también la anulación de la Orden General 25/2023, sobre Compañías y puestos territoriales de la Guardia Civil, que incorporaba diferentes preceptos muy perjudiciales para los suboficiales, como bien saben ellos. Al haber sido recurrida en casación, la ejecución está suspendida, pero esperamos lograrla en unos meses. Hecho que parece haber sido olvidado.
7) En conclusión, JUCIL está sufriendo una campaña de desgaste por parte de la Dirección General (como consecuencia de reiterados éxitos y de estar en trámite contenciosos contra la atribución a la policía nacional de competencia en localidades tras la DANA, la Instrucción 7/2025 que admite ahora las drogas en vehículos detenidos, el desmantelamiento del ORIS, el traspaso de competencias de vigilancia en medio ambiente a la Generalitat, el traspaso de competencias en puertos del País Vasco a la Ertzaina, y otras actuaciones y normativas perjudiciales para la Institución y sus integrantes), con la única intención de que deje de ser la asociación mayoritaria en el Consejo, tergiversando y descontextualizando la realidad de los logros que viene obteniendo.
Que no os confundan ni os engañen. Esta es la realidad. JUCIL no se presta a compadreos ni a traiciones.
JUCIL exige garantías y transparencia en la asignación de destinos a la 129ª/170ª promoción de guardias civiles
• La asociación exige plazos claros y vacantes publicadas antes de proceder a asignaciones de destino
Madrid, 17 de julio de 2025 – JUCIL ha remitido un escrito a la Dirección de Enseñanza de la Guardia Civil en el que expresa su preocupación ante la información trasladada a los alumnos de la 129ª promoción de la escala de cabos y guardias. Según esta comunicación, debido al retraso en la finalización de sus prácticas, la fecha de efectividad de los destinos será el 16 de septiembre, y el plazo de incorporación será el contemplado “en general” por el artículo 58.1 del Reglamento de destinos. Además, se anuncia un procedimiento extraordinario de asignación de vacantes al amparo del artículo 14.2 del mismo reglamento.
Esta redacción ambigua ha generado malestar entre el personal afectado. JUCIL, asociación mayoritaria de la Guardia Civil, advierte que el uso de la expresión “en general” deja abierta la puerta a que se impongan plazos de incorporación inferiores a los legalmente establecidos. La asociación defiende que este plazo debe respetar el mínimo previsto en la normativa, o incluso ser superior en función de la casuística concreta.
Asimismo, JUCIL cuestiona el recurso a una asignación excepcional mediante el artículo 14.2, ya que este mecanismo está diseñado para situaciones extraordinarias y no debería sustituir un proceso de vacantes normalizado. En su lugar, propone abrir una convocatoria específica que permita al personal de nuevo acceso solicitar los destinos disponibles, respetando los principios de publicidad y concurrencia.
JUCIL ha remitido el mismo escrito al teniente general jefe del Mando de Personal para instar a una revisión del procedimiento previsto y garantizar que se actúe conforme a derecho.