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JUCIL reclama a Marlaska la derogación del Código Penal Militar en tiempos de paz

JUCIL reclama a Marlaska la derogación del Código Penal Militar en tiempos de paz

• SUMAR presenta una propuesta No de Ley para excluir a los miembros de la Benemérita de la jurisdicción militar en tiempos de paz tras un encuentro con JUCIL

Madrid, 29 de septiembre de 2025. JUCIL, la asociación mayoritaria de la Guardia Civil y con mayor representatividad en su Consejo, ha exigido al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, la derogación inmediata del Código Penal Militar (CPM) para los guardias civiles en tiempo de paz, tras conseguir un avance significativo en el Congreso de los Diputados.

 

Este hito llega después de que el grupo parlamentario SUMAR, socio del Gobierno, haya presentado una Proposición no de Ley (PNL) para su debate y aprobación en la Comisión de Interior con el objetivo de lograr la exclusión total de la Guardia Civil de la aplicación del Código Penal Militar mientras desarrollen sus funciones civiles.

 

La presentación de esta iniciativa por parte de la formación de izquierdas es el resultado directo de la reunión mantenida entre la cúpula de JUCIL y el Grupo Parlamentario de SUMAR el pasado 10 de julio.

 

La propuesta, registrada en el Congreso el 24 de septiembre de 2025, es la materialización de la demanda histórica de la asociación para acabar con una normativa que consideran anacrónica y punitiva.

 

Según la exposición de motivos de la PNL, la aplicación del Código Penal Militar resulta “innecesaria” tras años de experiencia con las normas disciplinarias propias del Cuerpo y “no contribuye a la mejor realización de las misiones que la Guardia Civil tiene encomendada al servicio de la ciudadanía”.

 

JUCIL destaca que la propuesta parlamentaria pone el foco en el artículo 1.5 del CPM, cuya redacción ha permitido que numerosos guardias civiles sean objeto de condena penal e incluso ingresen en prisión militar por hechos acaecidos en el cumplimiento de funciones policiales e incluso cuando no están de servicio.

 

La asociación recalca que muchas de estas acciones ya están contempladas y sancionadas en la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario de la Benemérita. En este sentido, JUCIL invoca el principio de intervención mínima del derecho penal, argumentando que castigar estas conductas por la vía penal militar, cuando ya tienen un cauce disciplinario, es desproporcionado. Además, subraya que la actual Ley de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil data de 2007 y se encuentra totalmente anacrónica: debe ser actualizada a la Guardia Civil del siglo XXI para dotar a los procedimientos de una mayor garantía jurídica. La PNL recoge el último caso relevante de un agente que será juzgado por un tribunal militar por un supuesto delito de incumplimiento del deber de residencia, para el que la fiscalía solicita una pena de seis meses de prisión.

 

La Proposición no de Ley insta al Gobierno a impulsar los cambios legales oportunos para que, a los miembros del Instituto Armado, al igual que a los demás integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no se les aplique el Código Penal Militar en tiempos de paz, con el objetivo de preservar sus derechos fundamentales y garantizar la eficacia de sus servicios.

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